fbpx

Subvenciones dirigidas a promover la comercialización en el medio rural

SUBVENCIONES PÚBLICAS DIRIGIDAS PROMOVER LA COMERCIALIZACIÓN Y GARANTIZAR EL ABASTECIMIENTO EN EL MEDIO RURAL DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Orden 28-06-2018 Consejería Economía y Hacienda).

 

FECHA DE PUBLICACIÓN4 de julio de 2018

Ver publicación completa en la web de la Junta de Castilla y León

 

OBJETO: Financiación de proyectos que vinculados a establecimientos comerciales, tanto existentes como de nueva creación, y con la finalidad de promover la comercialización y favorecer el aprovisionamiento en el medio rural, se dirijan a garantizar el abastecimiento de productos de carácter cotidiano.

 

Se entiende por abastecimiento de productos de carácter cotidiano la venta de alimentación, droguería y perfumería.

 

PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 5 de julio de 2018 hasta el 15 de noviembre de 2018

 

LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN: Electrónica.

 

QUIÉN PUEDE SOLICITARLO:

Personas físicas y jurídicas y las Comunidades de Bienes, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que realicen las actuaciones subvencionadas dentro del período subvencionable y que cumplan los siguientes requisitos establecidos.

 

QUÉ REQUISITOS DEBEN CUMPLIRSE:

    1. Tener la condición de PYME.
    2. Desarrollar o tener intención de desarrollar su actividad comercial.
    3. Desarrollar o tener intención de desarrollar en el establecimiento comercial para el cual se solicita la subvención una actividad comercial y minorista conforme a las siguientes clases de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):
      1. 4711.- Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco.
      2. 4719.- Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados.
      3. 4721.- Comercio al por menor de frutas y hortalizas en establecimientos especializados.
      4. 4722.- Comercio al por menor de carne y productos cárnicos en establecimientos. especializados.
      5. 4723.- Comercio al por menor de pescados y mariscos en establecimientos especializados.
      6. 4724.- Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados.
      7. 4725.- Comercio al por menor de bebidas en establecimientos especializados.
      8. 4729.- Otro comercio al por menor de productos alimenticios en establecimientos especializados.
      9. 4775.- Comercio al por menor de productos cosméticos e higiénicos en establecimientos especializados.
    4. Estar dadas de alta en el buzón electrónico del ciudadano, para lo cual deben acogerse a dicho servicio disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de CyL.

 

Además de los señalados en el apartado anterior y de las prohibiciones y requisitos establecidos con carácter general en la LGS, los siguientes:

1º.- Los beneficiarios deberán destinar los bienes subvencionados al fin concreto para el que se concedió la subvención y mantener la actividad comercial en el establecimiento comercial en el cual se ejecutó el proyecto subvencionado al menos, en ambos casos, durante dos años desde la finalización del período subvencionable establecido en cada convocatoria, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada.

2º.- Los beneficiarios han de facilitar los datos requeridos por el Registro de Ayudas regulado por la Orden de 5 de abril de 2000 de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo conforme a lo que se señale en el correspondiente modelo de solicitud.

 

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:

Serán susceptibles de financiación los gastos que se realicen entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de octubre de 2018, ambos inclusive.

 

Para más información pónganse en contacto con el personal de Fecosva, teléfono 983 308543.

Sin comentarios

Deja un comentario