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Subvenciones dirigidas a la modernización de las empresas artesanas

Ver publicación completa en la web de la Junta de Castilla y León

FECHA DE PUBLICACIÓN: 4 de julio de 2018

OBJETO: Financiación de proyectos de inversión dirigidos a la modernización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos artesanos de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como los de nueva creación.
Se entiende por establecimientos de nueva creación aquellos para los que se obtenga el reconocimiento de taller artesano con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención

PLAZO PARA SOLICITARLO: Desde el 5 de julio de 2018 hasta el 25 de julio de 2018

LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN: Electrónica:

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, las personas físicas y jurídicas y las Comunidades de Bienes, legalmente constituidas y con ánimo de lucro, que cumplan los requisitos establecidos.

REQUISITOS:
a) Tener la condición de PYME.
b) Tener reconocida por resolución expresa la condición de taller artesano para el establecimiento para el que se solicita la subvención, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 74/2006, de 19 de octubre, por el que se regula la artesanía en Castilla y León y normativa que lo desarrolla, o bien haber solicitado dicho reconocimiento o, en su caso, la correspondiente renovación o variación de datos, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes que se establezca en cada convocatoria, en cuyo caso deberá quedar acreditada la obtención por resolución expresa del reconocimiento o, en su caso, la estimación de la renovación o variación de datos conforme a la citada normativa antes de la emisión del correspondiente informe por la comisión de valoración.
c) La actividad para la cual se solicite la subvención deberá ser aquella para la que tengan reconocida la condición de taller artesano, o bien para la que hayan solicitado el correspondiente reconocimiento, renovación o variación de datos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
d) Estar dado de alta en el buzón electrónico del ciudadano, para lo cual deben acogerse a dicho servicio disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de CyL.

Además de los aspectos señalados en el punto anterior, presentar proyectos de inversión dirigidos a la modernización y mejora de la gestión sobre la base de la innovación de los establecimientos artesanos de la Comunidad de Castilla y León, tanto de los establecimientos existentes como de los de nueva creación.

Asimismo, deberán destinar los bienes subvencionados al fin concreto para el que se concedió la subvención y mantener la actividad subvencionada en el establecimiento artesano en el cual se ejecutó el proyecto subvencionado al menos, en ambos casos, durante dos años desde la finalización del período subvencionable establecido en la presente convocatoria, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada.

¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?:
Serán susceptibles de financiación los siguientes gastos que se realicen entre el 17 de octubre de 2017 y el 16 de octubre de 2018, ambos inclusive.

Para más información pueden ponerse en contacto con el personal de Fecosva, tfno. 983308543

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